26 febrero 2008

Cartas notariales entregan alcaldes a directorio de Sedalib

Alcaldes piden presencia de notario para Junta de Accionistas de este viernes 29


Tres cartas notariales suscritas por alcaldes de diversas municipalidades de la región La Libertad, en las que se hace notar el incumplimiento del plazo legal para convocar a Junta General de Accionistas, se pide la participación de un notario para la referida reunión a realizarse este viernes 29 y se plantea modificar el Art. 28 del estatuto vigente, fueron entregadas ante Sedalib.
Dos están dirigidas al presidente del directorio de Sedalib, Esmidio Rojas Rodríguez, y una al gerente de la administradora de los servicios de saneamiento, Roberto Vigil Rojas. Las suscriben el alcalde de Trujillo, César Acuña Peralta; el alcalde de La Esperanza, Daniel Marcelo Jacinto; el alcalde de Víctor Larco, Carlos Vásquez Llamo; el alcalde Chocope, Héctor Bocanegra Arbulú, y teniente alcalde de Moche, Valentín Fernández Neyra.
La primera señala que, no obstante haberle requerido, bajo responsabilidad, que cumpla con atender la solicitud de convocatoria a Junta General no Obligatoria, no se cumplió con los plazos de ley y que el directorio sigue dilatando el proceso de modificación y adecuación estatuaria de la empresa.
Con fecha 16 de enero de este año se le había pedido, notarialmente, que se convoque a Junta General. El directorio tenía la obligación legal de atender el petitorio en un plazo máximo de 15 días. Sin embargo, recién el 14 de febrero, es decir 29 días después, se hace la publicación de tal convocatoria, contraviniendo al Art. 19º del estatuto social y el Art. 117º de la Ley General de Sociedades Nº 26887.
Además, el directorio no ha previsto la fecha y posibilidad de una segunda convocatoria, tal como lo establece el Art. 22º del estatuto social, lo que demuestra una actitud tendenciosa a continuar dilatando los plazos para una urgente renovación de una administración verdaderamente eficaz y eficiente.
Igualmente, se le alcanzó, notarialmente, un proyecto de modificación del Art. 28º del estatuto vigente –el que está inscrito actualmente en Registros Públicos– y del Art. 28 del estatuto aprobado en Junta General no Obligatoria efectuada el 6 de agosto de 2007 y continuada el 11 de agosto del mismo año.
La modificación está referida a que no se debe requerir la firma del 100% de los alcaldes que conforman el directorio de Sedalib, sino solo mayoría simple (51%) para inscribir ante Registros públicos la modificación y adecuación estatutaria de la empresa o que, en su defecto, la suscriba el presidente del directorio.
También se está pidiendo que, al amparo del Art. 138º de la Ley General de Sociedades (Ley Nº 26887), se convoque la presencia de un notario público a la Junta General de Accionistas que se desarrollará este viernes 29, a efectos de que certifique la autenticidad de los acuerdos que se adopten en tal asamblea. Esa es la voluntad de los accionistas de esta empresa que representan el 61,45% de acciones, destacan en la misiva.