13 noviembre 2014

Intervienen criadero de gallos en Urb. Torres Araujo

Denuncian que genera presencia de roedores y piden su erradicación



Vecinos mortificados por el canto de los gallos de pelea y sobre todo porque la comida de las aves y el excremento atraen a roedores, denunciaron ante la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) la existencia de un criadero en el segundo piso del inmueble ubicado en la calle Brasil N° 215 de la urbanización Torres Araujo.
Los moradores del sector precisan en la denuncia que el viento arrastra hasta sus viviendas plumas contaminadas con pequeños piojos, lo que afecta la tranquilidad y salud de las personas, especialmente de los niños y personas adultas mayores.
Al respecto, el subgerente de Salud de la MPT, Julio Torres Vigo  dispuso que personal de la Unidad Médico Veterinario de esa dependencia realice una inspección sanitaria y elabore un informe para dar inicio al proceso administrativo sancionador, que es como estipulan las normas debe procederse.
Durante la intervención sanitaria el médico jefe de esa Unidad, constató que se encontraron en el segundo piso del inmueble unos 25 gallos de pelea enjaulados y procedieron a levantar un acta de constatación cuya copia fue entregada al propietario de los gallos, Oscar Ñique del Risco, y una notificación para que el plazo de cinco días hábiles presente sus descargos.
Con el informe presentado por el jefe de la unidad médico veterinaria, abogados  de la Subgerencia de Salud, elaborarán una Resolución de sanción contra presuntas infracciones a las normas sanitarias y por contravenir la Ordenanza Municipal N° 003-2008-MPT que prohíbe la crianza de aves y otros animales en área urbana, lo que no es no compatible con la zonificación por tratarse de lugares residenciales.
Por contravenir las normas sanitarias y otras que afectan la tranquilidad y la salud de los vecinos, la MPT, de acuerdo a un código sancionador, debe emitir  en los próximos días a través de la Gerencia de Desarrollo Social una Resolución aplicando sanciones pecuniarias y no pecuniarias.

Además, en casos de crianza de animales domésticos en zonas no compatibles, se exige su erradicación.