11 marzo 2006

Venta y consumo de bebidas alcohólicas solo en establecimientos autorizados

La Municipalidad Provincial de Trujillo recordó que de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 06-96-MPT, no está permitido el consumo de bebidas alcohólicas en bodegas, tiendas de albarrotes, heladerías, panaderías, dulcerías, licorerías, depósitos de distribución de bebidas alcohólicas y en cualquier otro establecimiento no autorizado.
La referida ley de la ciudad, en su artículo 5º, referido a las prohibiciones, dice: “Los establecimiento autorizados para el expendio de bebidas alcohólicas, a consumirse dentro del local, tomarán las precauciones necesarias para que el consumo solo se haga en el interior del establecimiento, bajo responsabilidad de su conductor”. Tampoco está permitido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas después de las 23 horas, salvo en aquellos negocios que cuenten con una licencia especial. Asimismo, se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas que no cuenten con la autorización sanitaria, como también se prohíbe el consumo en recintos públicos, playas y en el interior de vehículos.