22 enero 2009

Concejo de MPT aprobó ordenanza a favor de centros poblados

•Gestión de Acuña les hizo justicia
•Podrán administrar tributos, arbitrios, licencias, etc.

Por fin se hizo justicia. En sesión ordinaria el Concejo Municipal de Trujillo aprobó el miércoles por la noche la Ordenanza de Adecuación a la Ley N° 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades) de las Municipalidades de los Centros Poblados de la Provincia de Trujillo, que les permitirá atribuciones y competencias en bien del desarrollo de sus jurisdicciones.
De esta manera la Municipalidad de Trujillo se convierte en la primera provincia del Perú en cumplir con la ley vigente desde el 8 de enero del 2005, que dispuso la adecuación de las municipalidades de centros poblados en un plazo de 90 días desde la publicación de dicha ley.
El alcalde de Trujillo, César Acuña Peralta, declaró que la ordenanza debió aprobarse en el 2005 pero la gestión municipal anterior no tuvo ningún interés en cumplir con la ley, pese a las peticiones reiteradas de los alcaldes de los centros poblados menores hasta el 2006. Nosotros tenemos espíritu descentralizador, acotó.
Las municipalidades de los 12 centros poblados menores de Trujillo tendrán las facultades y los recursos para que cumplan con sus funciones y trabajen en forma ordenada por el desarrollo de sus jurisdicciones. Esta labor se hará, sin embargo, en coordinación con las municipalidades distritales y la provincial, acotó.
El alcalde informó que en el 2007 la actual administración municipal tomó conocimiento sobre el particular, iniciándose el trabajo preparatorio para la expedición de las ordenanzas de adecuación, revisando todos los expedientes presentados con anterioridad.
Recordó que el tres de julio del 2008 se dictó la Ordenanza Municipal N° 022-2008-MPT, que dispuso el plazo de 90 días para la adecuación de los centros poblados, trabajo que estuvo a cargo de la Subgerencia de Participación Vecinal, que jefatura Hernán Aquino Dionisio.
Explicó que por tener 12 centros poblados, este trabajo, por decisión concertada de los alcaldes de los concejos menores, se amplió hasta la fecha que se efectúa el dictamen en Comisión de Regidores, acompañando los informes legales sobre la procedencia de la adecuación.
La Ordenanza Municipal aprobada el miércoles, por unanimidad, incluye las siguientes aspectos: Delegación de atribuciones al alcalde, concejo municipal y regidores, como parte de las funciones especificas que describe la Ley Orgánica de Municipalidades, facultad de suscribir convenios de facultades delegadas para administrar tributos, arbitrios y licencias, saneamiento, salubridad y salud, seguridad, participación vecinal, registro civil, defensoría del niño y adolescente.
Acuña Peralta explicó que los recursos que debe transferir la municipalidad distrital a los centros poblados deberán ser en proporción a su población. Sin embargo, dijo que la Municipalidad Provincial de Trujillo ofrece, además, hacer una obra, la más prioritaria, en cada centro poblado.
Explicó a la vez que habrá la obligación de celebrar convenios de delegación de facultades a cargo de las municipalidades distritales, dentro del plazo de 15 días después de la vigencia de la ordenanza de adecuación.
Durante la sesión del Concejo Municipal, el proyecto de ordenanza fue sustentado por la regidora Gloria Montenegro Figueroa, quién explicó que con esa norma las municipalidades de los centros poblados recibirán el traslado de recursos de parte de las municipalidades distritales (Foncomun, Canon y sobrecanon, recursos directamente recaudados), con cuyos fondos podrán ejecutar obras públicas.
El presidente de la Asociación de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Trujillo y alcalde de Miramar, Eusebio Vásquez Sánchez, agradeció el apoyo y la decisión del alcalde Acuña Peralta y de los regidores para aprobar esta ordenanza y consideró el hecho como histórico para los Concejo Menores.