28 diciembre 2011

Carné sanitario es de uso obligatorio y tendrá vigencia de 6 meses

Por protección de salud de la población

Desde el jueves 29 de diciembre el uso y porte del carné de sanidad, además de ser obligatorio, tendrá una vigencia sólo de 6 meses. Esto es resultado de la aprobación, por parte de los regidores del Concejo Municipal, de la ordenanza que reglamenta el porte y uso obligatorio de este documento.
“El objetivo de la modificatoria a la ordenanza es velar y proteger la salud de la población del distrito de Trujillo, así como el estado de salud e higiene de aquellas personas que por la naturaleza de sus labores brindan servicio al público y/o tengan contacto directo con productos destinados al consumo humano, ya sea en su condición de propietarios o dependientes”, dijo el subgerente de Salud de la Municipalidad Provincial de Trujillo, Julio Torres Vigo.
La norma tiene su ámbito de aplicación en el distrito de Trujillo y es de cumplimiento obligatorio por las personas que brinden servicios al público y tengan contacto con productos destinados al consumo humano, a fin de salvaguardar el derecho que tiene todo miembro de la comunidad a la protección de su salud.
“Es obligatorio portar este documento personal e intransferible para todas aquellas personas que elaboren, manipulen o expendan alimentos y bebidas en los establecimientos comerciales, industriales o de servicios, y a todas aquellas personas que presten diferentes servicios de atención al público en el distrito de Trujillo”, agregó el funcionario edil.
La Subgerencia de Salud de la comuna es la que acredita el buen estado de salud de las personas que manipulan los alimentos o dan atención directa al público, debidamente certificado por profesional médico colegiado. El carné lleva el número de documento de identidad, el tiempo de vigencia y la actividad a la que se dedica.
Otra de las modificaciones a la ordenanza es que a partir del jueves 29 el carné sanitario tendrá una vigencia de 6 meses y su renovación es obligatoria, bajo responsabilidad del propietario, conductor o dependiente del establecimiento, hasta el último día hábil del mes de vencimiento.
“Los conductores están en la obligación de tener en un lugar visible o a la mano, los carnés de sanidad de sus trabajadores y mostrarlos a las autoridades municipales cada vez que lo soliciten en inspecciones inopinadas”, enfatizó Torres Vigo.
Cabe resaltar que quienes a la fecha de inspección no cuenten con el carné de sanidad o que no haya sido renovado, serán acreedores al inicio de un Procedimiento Administrativo Sancionador, por la comisión de la infracción tipificada con el código E – 131, según lo establecido en el Cuadro de Infracciones, Sanciones y Medidas de Carácter Provisional Administrativas de la MPT.