27 noviembre 2014

Ambulantes reincidentes recibirán sanciones más severas

Concejo de la MPT aprobó ordenanza al respecto



La formalización del comercio autorizado en la vía pública, sanciones pecuniarias más severas para los ambulantes que reincidan en la falta, retención incautación y retención de productos, de ser el caso, son algunas de las acciones que contempla la “Ordenanza municipal que prohíbe el comercio en la vía publica en el distrito de Trujillo”, aprobada por mayoría por el Concejo de la Municipalidad de Trujillo.
“La ordenanza también permite retener productos a establecimientos que vendan en la vía pública, así como decomisarlos, incautarlos y multarlos por exhibir en el área de retiro, vereda o pista”, precisó Eduardo Azabache Alvarado, gerente de Desarrollo Económico Local de la MPT.
En esta nueva norma edil se precisa que la municipalidad regulará el otorgamiento de autorización temporal a los ambulantes de comercio autorizado en la vía pública, es decir a los vendedores de golosinas, periódicos, fotografías, cambistas y mecanógrafos ubicados en el centro histórico de Trujillo, donde se estima que actualmente suman unas 150 personas.
Igualmente, se establece que los comerciantes ambulantes que sean intervenidos por primera vez serán multados con 150 nuevos soles (5% de una UIT) y sus productos serán retenidos, si por segunda ocasión el comerciante comete la misma falta la multa se duplicará.
“Esta ordenanza nos permite incorporar una sanción tipo multa a los comerciantes informales que reincidan. Antes, cuando infringían la norma, realizaban el pago de derecho de trámite por un monto de 12 nuevos soles y luego se le devolvía la mercadería”, aclaró Azabache Alvarado.
Para aquellos establecimientos que a pesar de contar con un local exhiben sus productos en la vereda, pista o área de retiro, la nueva ordenanza establece una multa equivalente al 3% de una UIT.
También se incorpora el término decomiso para aquellos comerciantes que oferten productos adulterados, prohibidos o robados.

La nueva ordenanza entrará en vigencia 15 días después de ser publicada e inmediatamente se tomarán las acciones pertinentes en los puntos críticos, por ejemplo en la avenida Perú, y otras vías donde prolifere el comercio ambulatorio.