Mediante Decreto de Alcaldía N°
16-2013-MPT
Mediante
Decreto de Alcaldía Nº 016-2013-MPT, suscrito por el burgomaestre César Acuña
Peralta, fueron aprobadas “Normas que establecen medidas de austeridad,
racionalidad y disciplina presupuestaria para el año fiscal 2013 en la
Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT).
“El
decreto indica que es necesario el establecimiento de disposiciones
administrativas de racionalidad y austeridad en la ejecución del gasto, de
tal manera que permitan la adecuada
aplicación de la Ley N° 29951- Ley de Presupuesto del sector público para el
año fiscal 2013”, indicó Alberto Jiménez García, gerente de Administración y
Finanzas de la MPT.
El
funcionario recordó que la Gerencia de Administración y Finanzas propuso la
aprobación de la Directiva N° 002-2013-MPT/GAF, “Normas que establecen medidas
de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestaria para el año fiscal 2013
en la Municipalidad Provincial de Trujillo”.
“El
objetivo de establecer disposiciones administrativas, presupuestales y
financieras de racionalidad y austeridad en la ejecución del gasto, es que
permitan la adecuada aplicación de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del
Sector Público”, puntualizó el funcionario edil.
Explicó que, la Ley N° 28212, regula los
ingresos de los altos funcionarios, autoridades del Estado y dicta otras
medidas complementarias. Así mismo la ley N° 28807 establece que para los
viajes oficiales al exterior de los servidores y funcionarios públicos, éstos
se realicen en clase económica.
Finalmente dijo que las disposiciones
específicas de austeridad y racionalidad indican que se deberá seguir con lo
establecido según la Ley N° 28411 Ley general del Sistema Nacional de
Presupuesto, y que el gasto fiscal se sujetará al proceso de la ejecución
presupuestal y financiera, el mismo que es competencia de la respectiva Unidad
ejecutora y se desarrolla a través de las etapas como: compromiso, devengado y
girado.
En materia de personal, el decreto
establece que el pago las planillas de empleados y obreros permanentes y
empleados contratados por funcionamiento debe considerar únicamente sus
funcionarios y servidores registrados nominalmente en la Planilla Única de
Pagos, que es declarada a través de la Planilla Electrónica de la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
No se podrán aprobar disposiciones que
incrementen remuneraciones, que como aumentar cualquier tipo de asignaciones,
primas, comisiones, dietas, racionamiento, movilidad y beneficios de toda
índole, incluidos los provenientes del CAFAE.
También se establecen normas en materia
de capacitación de personal, gastos de viajes y asignación de fondos, gastos en
servicios no personales y/o locación de servicios y contratos administrativos,
servicio de telefonía fija y celular, internet y correo electrónico, gastos de
publicaciones y publicidad en medios masivos, subvenciones, entre otros.


