Con
prórroga hasta fin de año
El miércoles, por unanimidad se aprobó en la sesión ordinaria de concejo la Ordenanza Municipal modificatoria de las Ordenanzas N° 002 -2014 – MPT y 013 – 2014 MPT, beneficiando a las empresas y conductores de buses que aún no ha renovado su unidad, estableciendo una prórroga provisional hasta el 31 de diciembre de este año para que más empresas de transporte renueven su flota vehicular.
“El
proceso de renovación de buses aún está muy lento, COFIDE no ha aprobado los
créditos para la renovación de buses y esto a raíz de que no se cuenta con una
Caja Única de Recaudo, por ello es difícil que el sistema financiero se
arriesgue a otorgar préstamos si no tiene la seguridad de recuperar la
inversión”, indicó el regidor Pablo Penagos Ruzo.
Según
explicó el presidente de la comisión de Transportes de la MPT, no se puede mantener la fecha que se
registraba en las Ordenanzas 002-2014-MPT
y 013-2014-MPT, pues al dar de baja
a los buses más antiguos se estaría afectando el ingreso económico de
cientos de conductores.
A
su turno, el regidor Andrés Sánchez Esquivel apoyo la modificatoria
estableciendo la prorroga mencionando “es sabido por todos nosotros que existe
un proyecto de renovación del parque automotor pero se está realizando de manera
paulatina, sin embrago las Ordenanzas estipulaban que para el 1 de octubre 331
unidades dejarían de circular por su antigüedad, por este motivo es importante la
prorroga”.
ORDENANZAS 002 Y
013–2014-MPT
La
Ordenanza Nº 002-2014-MPT establece como fecha límite el 30 de septiembre del
2014 para la salida y deshabilitación de los vehículos destinados al Servicio
de Transportes Público de Pasajeros cuya fecha de fabricación este comprendida
entre los años 1951 1970.
La
nueva Ordenanza Nº 013-2014-MPT, aprobada ayer, precisa en su Artículo Primero:
Autorizar a los operadores de la modalidad de las unidades que estando en
condición de “reserva” no cumplieron con regularizar su habilitación. Esta
medida tendrá vigencia hasta el 31 de julio del 2014.
El
Art. Segundo autoriza a los operadores de la modalidad del servicio regular con
flotas conformadas por vehículos tipo “combi” solicitar la habilitación de
unidades que han tenido habilitación antes del año 2012. Esta medida tendrá
vigencia hasta el 31 de julio del 2014.
El
Art. Tercero, autoriza a los operadores de la modalidad del servicio regular
con flotas conformadas por vehículos tipo “combi” la incorporación de unidades
del tipo M2 y M3, siempre que esta cumpla con las especificaciones técnicas
mininas. Esta medida tendrá vigencia hasta el 30 de Agosto del año en curso.
El Art. Cuarto, autoriza a los operadores de la
modalidad del servicio regular realizar el reemplazo de unidades vehiculares
que estando habilitadas han sido objeto de robo, con unidades de la misma
tipología y antigüedad igual o menor a la de la unidad siniestrada. Esta medida
tendrá vigencia hasta el 30 de Agosto del año en curso.