01 octubre 2014

Aprueban Ordenanza que amplia temporalmente habilitación a unidades vehiculares

Con prórroga hasta fin de año


El miércoles, por unanimidad se aprobó en la sesión ordinaria de concejo la Ordenanza Municipal modificatoria de las Ordenanzas N°  002 -2014 – MPT y 013 – 2014 MPT, beneficiando a las empresas y conductores de buses que aún no ha renovado su unidad, estableciendo una prórroga provisional hasta el 31 de diciembre de este año para que más empresas de transporte renueven su flota vehicular.
“El proceso de renovación de buses aún está muy lento, COFIDE no ha aprobado los créditos para la renovación de buses y esto a raíz de que no se cuenta con una Caja Única de Recaudo, por ello es difícil que el sistema financiero se arriesgue a otorgar préstamos si no tiene la seguridad de recuperar la inversión”, indicó el regidor Pablo Penagos Ruzo.
Según explicó el presidente de la comisión de Transportes de la MPT,  no se puede mantener la fecha que se registraba en las Ordenanzas 002-2014-MPT  y 013-2014-MPT, pues al dar de baja  a los buses más antiguos se estaría afectando el ingreso económico de cientos de conductores.
A su turno, el regidor Andrés Sánchez Esquivel apoyo la modificatoria estableciendo la prorroga mencionando “es sabido por todos nosotros que existe un proyecto de renovación del parque automotor pero se está realizando de manera paulatina, sin embrago las Ordenanzas estipulaban que para el 1 de octubre 331 unidades dejarían de circular por su antigüedad, por este motivo es importante la prorroga”.
ORDENANZAS 002 Y 013–2014-MPT
La Ordenanza Nº 002-2014-MPT establece como fecha límite el 30 de septiembre del 2014 para la salida y deshabilitación de los vehículos destinados al Servicio de Transportes Público de Pasajeros cuya fecha de fabricación este comprendida entre los años 1951 1970.
La nueva Ordenanza Nº 013-2014-MPT, aprobada ayer, precisa en su Artículo Primero: Autorizar a los operadores de la modalidad de las unidades que estando en condición de “reserva” no cumplieron con regularizar su habilitación. Esta medida tendrá vigencia hasta el 31 de julio del 2014.
El Art. Segundo autoriza a los operadores de la modalidad del servicio regular con flotas conformadas por vehículos tipo “combi” solicitar la habilitación de unidades que han tenido habilitación antes del año 2012. Esta medida tendrá vigencia hasta el 31 de julio del 2014.
El Art. Tercero, autoriza a los operadores de la modalidad del servicio regular con flotas conformadas por vehículos tipo “combi” la incorporación de unidades del tipo M2 y M3, siempre que esta cumpla con las especificaciones técnicas mininas. Esta medida tendrá vigencia hasta el 30 de Agosto del año en curso.
El Art. Cuarto, autoriza a los operadores de la modalidad del servicio regular realizar el reemplazo de unidades vehiculares que estando habilitadas han sido objeto de robo, con unidades de la misma tipología y antigüedad igual o menor a la de la unidad siniestrada. Esta medida tendrá vigencia hasta el 30 de Agosto del año en curso.