Concejo
de la MPT aprobó el acuerdo
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo aprobó por unanimidad otorgar beneficios y exoneraciones a los colegios emblemáticos de la ciudad que hicieron la mejora de sus locales sin contar con la debida licencia de construcción. El acuerdo aprobado señala que podrán regularizar sus expedientes hasta el 31 de diciembre de este año.
“Hace
aproximadamente un mes aprobamos la Ordenanza
034-2014, que otorga algunos beneficios y exoneraciones a quienes no hayan
regularizado su licencia de construcción, pero especialmente dirigida a
viviendas y locales de micro empresa. En este caso se está extendiendo el
beneficio a los colegios emblemáticos como el San Juan, la Gran Unidad Escolar
y Colegio Seminario”, explicó José Félix de la Puente Grijalba, presidente de
la comisión del Espacio Físico y Uso de Suelo.
Los
beneficios económicos serán del 50 al 100% y serán en torno a las multas que se
hayan efectuado por no haber regularizado los permisos de edificaciones
necesarios de acuerdo a la modalidad de construcción y de acuerdo a los plazos.
Cualquier
construcción que se haya realizado hasta el 30 de noviembre podrá acogerse a
este beneficio. Los administrados que quieran beneficiarse tendrán hasta el 31
de diciembre de este año para poder iniciar su trámite en las oficinas de la
Subgerencia de Edificaciones de la MPT.
REQUISITOS
Los
administrados deben presentar por triplicado el Formulario Único de
Edificaciones suscrito por el solicitante e indicando la fecha de culminación
de la obra, una copia literal del dominio expedido por el Registro de Predios,
documentación pública que acredite que cuenta con derecho a edificar,
constitución de la empresa y copia literal del poder expedido por el Registro
de Personas, y declaración jurada de habilidad de los profesionales que
suscriben la documentación técnica.
También
deben presentar planos de localización, planos de arquitectura, memoria
descriptiva, carta de seguridad y responsabilidad de obra, declaración jurada
de autoevalúo, documento que acredite la fecha de construcción del inmueble,
pago derecho establecido en el TUPA, pago de multa de 10% del valor de la obra
y presupuesto de la obra.